Se desinfla el referendo

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No obstante, la demanda de Uribe no prosperó porque la mayoría de los magistrados consideró que la "desviación del poder" no solo debía ser presumida sino probada por el demandante.

Esta y otra sentencia similar las tuvo en cuenta la Corte Suprema para incorporar en la sentencia condenatoria contra Yidis, la petición a la Corte Constitucional para que evalúe el tema en relación con la aprobación del acto legislativo que dio vía libre a la reelección presidencial.

Los nueve magistrados de la Sala Penal de la Corte consideraron que en el caso había pruebas suficientes para demostrar "desviación del poder" por parte del Ejecutivo.  Por eso, en la  sentencia contra Yidis dicen que "las circunstancias de hecho y de Derecho que sirven de fundamento a la sentencia indican que la aprobación de la reforma constitucional fue expresión de una clara desviación de poder, en la medida en que el apoyo de una congresista a la iniciativa de enmienda constitucional se obtuvo a partir de acciones delictivas".

Corresponde ahora a la Corte Constitucional decidir si hay o no razones para una revisión extraordinaria del fallo que en 2005 declaró exequible la reelección inmediata del presidente Uribe.  Desde 1991, cuando fue expedida la Constitución vigente, no existen antecedentes sobre revisiones extraordinarias como la que ahora pide la Corte Suprema, pero según el constitucionalista Juan Manuel Charry Urueña, "la Corte tendrá que pronunciarse, con lo cual sentará una jurisprudencia que resultará histórica".

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